Fuente: Comunidad de Madrid

11 de abril de 2017.- El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la convocatoria de nuevas líneas de Ayudas al Alquiler y Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, por importe de 31,1 millones de euros (17 millones y 14,1 millones, respectivamente), con el fin de beneficiar a familias con escasos recursos y favorecer reformas de edificios y viviendas.

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA En cuanto a la Rehabilitación Edificatoria, las subvenciones de hasta 14,1 millones de euros, están enmarcadas dentro del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana 2013-2016, que han sido prorrogadas para el año 2017 y cuentan con un presupuesto total de 38,5 millones de euros. Las ayudas destinadas a la Rehabilitación Edificatoria, tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privativos comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981. En estas viviendas, al menos el 70 por ciento de su superficie construida sobre rasante, deberá tener uso residencial, e igualmente el 70 por ciento de estas viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Las actuaciones podrán consistir, entre otras, en la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas energéticos eficientes o con energías renovables, la mejora de la eficiencia energética en las instalaciones comunes, el ahorro de agua, la instalación de ascensores o salvaescaleras y productos que permitan el acceso a las personas con discapacidad.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local (12.100 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral). Además, habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.

Además, la subvención a conceder por edificio no podrá superar el 35 por ciento del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y sólo, en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50 por ciento de ayuda